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domingo, 31 de marzo de 2019

Delitos sexuales en el terrorismo de Estado: violencia de género en los centros clandestinos

A 43 años del 24 de marzo de 1976, hay 892 personas condenadas por delitos de lesa humanidad, de las cuales 98 fueron responsabilizadas por delitos sexuales: 95 hombres y tres mujeres.

La Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad dio a conocer cifras del proceso histórico de Memoria, Verdad y Justicia vinculadas al juzgamiento de los delitos sexuales cometidos en la última dictadura cívico-militar en la Argentina.

A 43 años del 24 de marzo de 1976, hay 892 personas condenadas por delitos de lesa humanidad, de las cuales 98 fueron responsabilizadas por delitos sexuales: 95 hombres y tres mujeres.

Las agresiones sexuales cometidas en centros clandestinos consistieron en violaciones, abusos, abortos forzados, desnudez, tocamiento. La Procuraduría señaló que a marzo de 2019, solamente el 12% de las sentencias incluye este tipo de delitos (26 de 219). En esos fallos, se reunieron los casos de 86 víctimas: 75 mujeres y 11 hombres.

Parte de las violencias contra las mujeres fueron los partos en cautiverio y el robo y apropiación de bebés. Hasta ahora, las Abuelas de Plaza de Mayo pudieron encontrar 128, en su mayoría nietos y nietas a quienes se les restituyó su identidad. Pero la búsqueda continúa y toda la sociedad tiene que ser parte.

Los testimonios de sobrevivientes, el trabajo de las querellas y fiscalías, y el avance de las causas permitieron que ese tipo de delitos puedan pasar a ser considerados autónomos de otros cometidos por los genocidas. Así, las agresiones sexuales pudieron ser distinguidas de las torturas, lo que permite dimensionar la violencia de género en los crímenes de lesa humanidad.

Los delitos sexuales fueron parte del cotidiano en los centros clandestinos que funcionaron en el país. Llevó muchos años poder dimensionar la funcionalidad de esta práctica en la planificación del terrorismo de Estado y poder poner en palabras no solamente la memoria, sino también la denuncia. Fue necesario un gran trabajo de abogadas y abogados, sobrevivientes, familiares y testigos para que en el Poder Judicial se empezaran a producir algunos cambios necesarios para contener a las víctimas de esos crímenes, cuando los culpables habían estado sueltos e impunes durante décadas. ¿Qué víctima sobreviviente podía sentirse segura con su violador caminando por las calles?

Los crímenes de violencia sexual no estuvieron aislados del plan represivo general de los genocidas: fueron parte.

Las mujeres, botín de la dictadura argentina

Una exposición en la que fuera la sede de la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA), el mayor centro clandestino de detención de la Dictadura, muestra la violencia sexual ejercida contra las detenidas desaparecidas.

Los delitos sexuales perpetrados contra las mujeres secuestradas estuvieron silenciados durante décadas. Comenzaron a conocerse de a poco, como casos sueltos, ante los tribunales, pero desde 2011 se investiga su uso "como un mecanismo sistemático, no aislado", en palabras del juez de instrucción Sergio Torres. El magistrado participó este jueves en la inauguración de una muestra que relata los abusos sufridos por las detenidas en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada.

"En 1976, el abuso sexual era lo habitual. No se salvó ninguna compañera. Algunas pudieron decirlo, otras enloquecieron", asegura Graciela García Romero, sobreviviente de la ESMA. García Romero tiene el rostro serio y las manos empapadas de sudor. Es la segunda vez que regresa al lugar donde sufrió torturas, malos tratos y permaneció dos años detenida, junto a numerosos compañeros que al día de hoy siguen desaparecidos. Dudó hasta el último minuto, pero al final se presentó animada por la necesidad de enfrentar "un tabú". Hoy el lugar funciona como un museo dedicado a la memoria.

García Romero ha denunciado a Jorge Eduardo "El Tigre" Acosta por abusar de ella en un lugar ajeno a las instalaciones militares, donde era trasladada cada cierto tiempo junto a otras mujeres. "No fue una situación de violencia porque no era imprescindible, ya estaba secuestrada. La situación de violencia la vivía todos los días. De ahí me volvieron a llevar a los grilletes y a las esposas", relató ante el tribunal del segundo juicio por los crímenes perpetrados por la ESMA.

Ser obligadas a desnudarse frente a sus secuestradores, no poder ducharse después de haber sido violadas, recibir golpes en sus partes íntimas y tener que entregarles su ropa interior empapada en sangre para que les diesen una limpia son otras de las violencias descritas por las 28 supervivientes incluidas en la muestra Ser mujeres en la ESMA.

Las actuaciones en la causa que investiga estos delitos contra la integridad sexual tienen carácter secreto y el nombre de casi todas las víctimas se mantiene en reserva "para evitar exponerlas y revictimizarlas", dice el juez Torres.

miércoles, 5 de diciembre de 2012

Se reanudó el juicio con acusaciones por secuestro de niños y trabajo esclavo

El juicio oral por delitos de lesa humanidad en la ESMA se reanudó con la lectura de acusaciones sobre víctimas sometidas a trabajo esclavo, nacimientos en la maternidad clandestina y secuestro y apropiación de menores de edad en ese centro ilegal de detención.

La tercera audiencia del segundo megajuicio por lo ocurrido en ese centro clandestino de detención durante la última dictadura cívico militar repasó, entre otros, los casos del legislador Juan Cabandié, nacido en la Escuela de Mecánica de la Armada.

Su caso fue repasado junto a los de otros recién nacidos que fueron víctima de "condiciones inhumanas de vida, paupérrimas condiciones de alimentación" y que terminaron separados de sus madres y en gran parte de los casos apropiados.

Eso ocurrió con Cabandié, según la acusación leída ante el Tribunal Oral Federal 5, cuya madre Alicia fue secuestrada en 1977 embarazada de 5 meses y trasladada a la ESMA para dar a luz en el Casino de Oficiales.
El recién nacido estuvo 20 días con su madre en la ESMA hasta que el fallecido represor Héctor Febres le hizo escribir una carta a sus familiares, que dejó junto al niño antes de que el pequeño fuera sacado por otro represor, Pedro Bolita.

Cabandié fue apropiado y recuperó su identidad en 2004.

 Tanto en este como en otros casos repasados hoy, la Justicia acusa a Febres de ser quien custodiaba a las embarazadas secuestradas y a los niños nacidos en cautiverio.

Si bien el robo de bebés en la ESMA ya fue juzgado en otro proceso, el megajuicio actual también incluirá cargos por la maternidad clandestina que funcionó allí, lo ocurrido con los niños y el destino de sus madres desaparecidas.
Los bebés "eran mantenidos en cautiverio junto a sus madres" en condiciones "paupérrimas de alimentación, higiene en el lugar, agravadas por su situación de recién nacidos", se repitió una y otra vez en la lectura de cada caso.

Y también se repasaron los secuestros de padres con hijos menores que eran llevados con ellos al centro clandestino como en el caso de Carlos Lordkipanidse, torturado frente a su bebé de 20 días mientras lo amenazaban con "reventarle" la cabeza contra una pared.

Otro tramo de lectura de la acusación incluyó a secuestrados que fueron obligados a cumplir tareas como mano de obra esclava por sus captores, como ocurrió a la periodista Miriam Lewin, secuestrada el 17 de mayo de 1977 y obligada hasta el 26 de marzo de 1978 a "realizar trabajos a favor de los captores" en la llamada "huevera" de la ESMA y luego, bajo libertad vigilada a seguir desempeñándose para ellos.

También se enumeraron los casos en que secuestrados eran obligados a salir con sus captores, como ocurrió a una víctima con los detenidos Alfredo Astiz, Febres o Jorge "Tigre" Acosta, a quienes incluso tuvo que acompañar a locales bailables y viajar con ellos a México para "buscar" a Jaime Dri.

Uno de los casos que se juzga en este proceso es el del abogado Guillermo Díaz Lestrem, un defensor de detenidos políticos secuestrado el 20 de octubre de 1978 por el grupo operativo 3.3.2 de la ESMA, torturado y cuyo cadáver se encontró en Palermo, frente a una guarnición del Ejército.

También se leyó la acusación por el secuestro y asesinato de la diplomática Elena Holmberg, quien era agregada cultural de la embajada argentina en París y "sabía de la existencia del llamado Centro Piloto" creado en la clandestinidad para "modificar la imagen argentina en Europa, infiltrarse en organizaciones de exiliados y detectar" a quienes mantenían contactos desde Argentina.

Holmberg fue trasladada a la Cancillería en Buenos Aires por sus continuos enfrenamientos con quien estaba a cargo del centro piloto y poco después de llegar al país fue secuestrada, llevada a la ESMA, asesinada y su cadáver apareció en el Delta.
 Entre los juzgados están los represores Jorge "el Tigre" Acosta, Alfredo Astiz, Jorge Carlos Rádice y Adolfo Miguel Donda, además del civil y ex secretario de Hacienda de la dictadura Juan Alemann, este último por presenciar una sesión de torturas cuando era funcionario público.

También se juzga a los procesados por pilotear e integrar tripulaciones de los llamados "vuelos de la muerte" desde donde se arrojaban secuestrados drogados al Rio de la Plata.

sábado, 3 de septiembre de 2011

Abren una causa para investigar los crímenes sexuales cometidos en la ESMA

Violencia de género que no prescribe

El juez federal Sergio Torres consideró que los sometimientos sexuales en la ESMA fueron parte del plan de represión y exterminio del terrorismo de Estado. Resolvió abrir una investigación para juzgar estos crímenes por separado, algo hasta ahora inédito.
Por Alejandra Dandan y Victoria Ginzberg

“Los sometimientos sexuales no fueron casos aislados, sino que se trataba de prácticas sistemáticas llevadas a cabo, dentro del plan clandestino de represión y exterminio, por el Estado.” Con esta declaración el juez federal Sergio Torres ordenó la apertura de una causa específica para investigar las violaciones y otros delitos de violencia de género cometidos en la ESMA durante la última dictadura, algo hasta el momento inédito. El magistrado citó jurisprudencia internacional para fundamentar la condición de crímenes contra la humanidad de estos hechos.

“Es importante que se investiguen las violaciones como delitos autónomos, las víctimas expresaron la necesidad de que se investiguen como algo distinto de los tormentos. Ahora que hemos avanzado en juzgar las desapariciones, los secuestros y las torturas, se empieza a ahondar en cuestiones más específicas acerca del sufrimiento de las víctimas”, señaló a Página/12 la abogada del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) Carolina Varsky. Fue en base al alegato de ese organismo de derechos humanos en el juicio oral sobre los crímenes de la ESMA que se está llevando a cabo en este momento que Torres decidió iniciar una investigación sobre este tema.

En tribunales hay opiniones divididas sobre si corresponde o es conveniente considerar los delitos de índole sexual como crímenes específicos o si deben ser subsumidos dentro de la categoría general de torturas. El mismo Torres procesó al represor Jorge Acosta por una violación y la Cámara Federal señaló que el hecho debía ser calificado como imposición de tormentos. Pero hay antecedentes en los que represores fueron procesados o condenados por delitos sexuales. El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata consideró culpable al ex suboficial de la Fuerza Aérea Gregorio Rafael Molina por violaciones reiteradas en el centro clandestino La Cueva, a las que consideró crímenes de lesa humanidad. A su vez, el juez federal de Tucumán Daniel Bejas procesó a los jerarcas militares Antonio Domingo Bussi y Luciano Benjamín Menéndez como “partícipes necesarios” (no ya autores directos) de la violencia de género cometida contra todas las mujeres que estuvieron detenidas en el penal de Villa Urquiza. Lo que hasta ahora no había era una causa específica que agrupara sólo estos hechos. En este caso, Torres, que tiene a su cargo el expediente sobre los crímenes de la ESMA, decidió separar en una pesquisa diferenciada los delitos sexuales que se cometieron en ese centro clandestino de detención durante el terrorismo de Estado. Hasta el momento, hay dieciocho casos documentados.

La resolución

El juez explicó que “si bien en principio podrían interpretarse (los crímenes sexuales) como asociados o incluidos dentro del delito de tormentos, porque ambos implican en última instancia una lesión a la dignidad humana”, consideró que “a los fines de despejar y agotar todas y cada una de las hipótesis delictivas que se habían conformado a lo largo de la presente investigación, teniendo en especial consideración la particular cuestión de índole vivencial de los hechos que aquí se persiguieron, deberán investigarse en forma separada”.

“A mi juicio –explicó Torres–, la finalidad por la cual los delitos sexuales se habrían cometido podría estar emparentada a crear en las víctimas cierto estado de cosificación, que eran propiedad privada de sus captores, que estaban libradas a sus designios, en definitiva como una forma de reducción de la voluntad y método de dominación. Podría pensarse, como otra hipótesis, que estos ataques sexuales pudieron haber servido además a los captores para obtener información de parte de una persona cercana a esa víctima a quien hacían presenciar el ataque”.

El juez también introdujo otra cuestión que será motivo de futuros análisis en tribunales. Las violaciones son delitos “de acción privada”, lo que significa que sólo pueden ser investigadas si la víctima denuncia e impulsa la investigación. Sin embargo, Torres manifestó que por la “particularidad” que revisten –es decir, que fueron cometidas desde el propio aparato del Estado en el marco de un plan sistemático de represión–, estos casos son “distintos dentro de su propia especie de otros de idénticas características” y que “independientemente de que no se haya expresamente declarado la intención de instar la acción penal contra el autor del hecho para que se pueda impulsar la investigación, se entiende que si allí (en las declaraciones testimoniales) fueron narradas, las víctimas tienen el deseo de que se conozcan, de que trasciendan, en definitiva de que se investiguen”. De todas formas, notificó a las víctimas o sus familiares para que, si lo desean, se presenten para impulsar la investigación.

Para tipificar las violaciones como crímenes de lesa humanidad, el juez citó la Convención de Ginebra, el Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra, la jurisprudencia de los Tribunales Penales Internacionales de Ruanda, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. También mencionó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la nuera del poeta Juan Gelman, María Claudia García, analizó la violencia de género (categoría que amplía la pesquisa) contra mujeres detenidas clandestinamente en el marco de terrorismo de Estado y calificó tales ilícitos como delitos de lesa humanidad.