Lo resolvió la Cámara Federal porteña. El imputado es Jorge Díaz Smith, quien se encuentra detenido desde el 23 de marzo de este año, también está procesado por delitos de lesa humanidad en la megacausa ESMA.
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal rechazó un pedido de excarcelación pedido por la defensa del ex prefecto Jorge Manuel Díaz Smith, quien está acusado de sustracción de un menor.
Díaz Smith se encuentra detenido desde el 23 de marzo de este año y, además de esa causa, está procesado por delitos de lesa humanidad en el marco de la megacausa ESMA.
Según el camarista Eduardo Farah, “las condiciones personales del imputado ponen en evidencia el riesgo de que intente eludir la acción de la justicia y por ende que la imposición de una caución resultaría insuficiente para garantizar su sujeción a este proceso”.
En su voto, Eduardo Freiler señaló que “la medida preventiva se presenta como el medio más idóneo para asegurar los fines del proceso -descubrimiento de la verdad y realización del derecho penal material-, y consecuentemente, como una alternativa respetuosa de las obligaciones que el Estado argentino tiene frente a la comunidad internacional en la investigación y sanción de quienes fueron parte y/o colaboraron con el sistema represivo ilegal que tuvo lugar durante el último gobierno militar”.
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal rechazó un pedido de excarcelación pedido por la defensa del ex prefecto Jorge Manuel Díaz Smith, quien está acusado de sustracción de un menor.
Díaz Smith se encuentra detenido desde el 23 de marzo de este año y, además de esa causa, está procesado por delitos de lesa humanidad en el marco de la megacausa ESMA.
Según el camarista Eduardo Farah, “las condiciones personales del imputado ponen en evidencia el riesgo de que intente eludir la acción de la justicia y por ende que la imposición de una caución resultaría insuficiente para garantizar su sujeción a este proceso”.
En su voto, Eduardo Freiler señaló que “la medida preventiva se presenta como el medio más idóneo para asegurar los fines del proceso -descubrimiento de la verdad y realización del derecho penal material-, y consecuentemente, como una alternativa respetuosa de las obligaciones que el Estado argentino tiene frente a la comunidad internacional en la investigación y sanción de quienes fueron parte y/o colaboraron con el sistema represivo ilegal que tuvo lugar durante el último gobierno militar”.
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