Un represor en cárcel común
La Cámara Federal porteña le negó al represor Juan Antonio Azic, condenado a 18 años de prisión por los crímenes de lesa humanidad cometidos en la ESMA, la posibilidad de acceder al arresto domiciliario. De acuerdo con el fallo, el beneficio de la prisión domiciliaria “no resulta de aplicación automática”, ya que es de carácter “potestativo y no imperativo”, es decir que los jueces no están obligados a darlo. El abogado de la organización querellante Abuelas de Plaza de Mayo, Alan Iud, destacó la importancia del fallo y señaló que cuando los jueces otorgan indiscriminadamente ese beneficio a los represores condenados se monta un “mecanismo de impunidad”.
“Se debe analizar caso por caso”, aclaró Iud, quien aseguró que hay que realizar un seguimiento del caso específico para que el dispositivo legal de la prisión domiciliaria “no impida el juzgamiento” de los represores.
Con el fallo, el tribunal confirmó la resolución de primera instancia por la cual condenaron a Azic a 18 años de cárcel común y aplicó el mismo criterio que se utilizó en el caso del represor Raúl Antonio Guglielminetti, a quien también se le negó el beneficio del arresto domiciliario. El defensor de Azic, Juan Riccardini, había pedido que siguiera preso en su domicilio argumentando supuestos problemas de salud del ex marino y el hecho de que el 12 de septiembre de 2011 cumplió 70 años, edad que se fija dentro de la Ley 24.660 como uno de los requisitos para el otorgamiento del beneficio.
Azic fue oficial de Inteligencia del Grupo de Tareas 3.3.2, creado por el ex almirante Emilio Eduardo Massera, y como tal aplicó torturas a los detenidos en la ESMA y participó del robo sistemático de bebés, apropiándose de la ahora diputada Victoria Donda. En el 2003, ante un pedido de extradición por parte del ex juez Baltasar Garzón, intentó suicidarse, pero no pudo.
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